INTRODUCCIÓN
La pandemia por COVID-19 despertó la alerta mundial creando una experiencia muy dinámica en diferentes países del mundo, tanto para el manejo de esta infección, como el de los criterios diagnósticos y terapéuticos. Es un virus nuevo con el que se enfrenta la humanidad, cada día se aprenden manifestaciones clínicas nuevas, criterios diagnósticos que van cambiando, ensayos terapéuticos y el proyecto de una vacuna contra un virus mutante, con gran virulencia, gran capacidad de trasmisión y mortalidad, misma que va variando de país en país, de acuerdo a diferentes grupos poblacionales y medidas tanto preventivas como de abordaje en diferentes países del mundo.
Los índices de mortalidad por COVID-19 varían de región en región, con un promedio global reportado por la OMS de un 3.4 %, existiendo países con mayor mortalidad como Italia con un 4.67 %, siguiéndoles Estados Unidos de Norteamérica e Irán. En Costa Rica, al día de hoy 23 de abril 2020 se reportan 687 casos diagnosticados con 6 pacientes fallecidos, lo que constituye un 0.87 % de mortalidad.
Como parte de esta dinámica, en Costa Rica también se han actualizado las prácticas y procedimientos seguros para el manejo de los cuerpos de fallecidos confirmados, probables o sospechosos por la enfermedad COVID-19, con el fin de minimizar el riesgo de contaminación del personal de salud, contactos del fallecido y entes externos relacionados.
Es así como se elaboró en la Caja Costarricense de Seguro Social, un documento dirigido a los profesionales en Patología de la Institución, que fue elaborado por varios servicios de patología y revisado por varias instancias que incluyen la asesoría legal de la MSc. Karen Vargas López de la Gerencia Médica de la CCSS.
En el presente artículo se dan a conocer los lineamientos institucionales para el manejo de los casos fallecidos confirmados por COVID-19, que pretenden dar pautas de manejo del cadáver desde el mismo instante de su muerte hasta su inhumación.
DEFINCION DE CASO FALLECIDO CONFIRMADO DE COVID -19
Estas son las personas fallecidas en quienes se confirmó la infección por el virus que causa la enfermedad COVID-19, indistintamente de los síntomas y signos clínicos. Esta confirmación la harán los hospitales tanto privados como públicos que cuenten con una prueba de PCR-RT capaz de identificar los genes E, RdRp, y N, debidamente registrada ante el Ministerio de Salud, así como el Centro Nacional de Referencia de Virología de Inciensa.
La confirmación y descarte de casos será realizado por parte del Grupo Técnico Nacional de Influenza y otras Virosis Respiratorias o el equivalente que pueda dispones la institución específicamente para el enfermedad COVID-19.
MANEJO INICIAL DEL FALLECIDO EN LA SALA O ESPACIO DE AISLAMIENTO HOSPITALARIO
- IDENTIFACIÓN DEL CADÁVER.
El personal de enfermería o designado para ello, en el sitio de fallecimiento (salones, emergencias, otros ), deberá identificar al paciente que falleció en el mismo lugar donde ocurrió “pie de la cama”, mediante documento de identificación y datos personales, o mediante el número de cama, número de paciente o el mecanismo que se disponga según el caso.
- PROCEDIMIENTO DE INTRODUCCIÓN DEL CADÁVER EN LAS BOLSAS DE EMBALAJE PARA CADÁVERES.
El personal de enfermería o designado para ello en el sitio del fallecimiento, debe introducir el cadáver en 2 bolsas para cadáveres de bioseguridad grado 3.
Previo a la introducción del cadáver en la bolsa se debe realizar taponamiento de los orificios con algodón impregnado de una solución de hipoclorito de sodio al 0.5 %, colocando sábana de mortaja de tal manera que la cara quede descubierta.
La introducción en la bolsa debe realizarse en el sitio del fallecimiento al “pie de la cama” utilizando dos bolsas plásticas. La primera será una bolsa de embalaje de bioseguridad 3, la cual debe ser trasparente y el cadáver deberá introducirse de los pies a la cabeza, con la cara hacia arriba, posteriormente se sella la bolsa con una gaza plástica de amarre o amarre de seguridad de nylon.
Una vez sellada la bolsa trasparente, debe desinfectarse externamente utilizando la solución desinfectante de uso hospitalario o solución de hipoclorito de sodio al 0.5% o etanol entre el 60 y 70%. Una vez realizada esta desinfección se procede a introducir el cadáver en una segunda bolsa de embalaje con color (no trasparente) de grado de bioseguridad 3, en dirección de los pies hacia la cabeza, sellándose después con gaza plástica o amarre de seguridad de nylon y en la que se deberá realizar otro proceso de desinfección con las soluciones mencionadas.
El personal responsable de este procedimiento deberá portar en todo momento ropa institucional para funcionario (no ropa externa), equipo de protección como gafas de seguridad para protección ocular, mascarilla N 95, bata impermeable desechable, cobertores impermeables de botas, gorro descartable de tipo boina y doble guante (nitrilo y látex), evitando el desprendimiento de aerosoles a la hora de realizar la introducción del cadáver a la bolsa.
La bolsa sellada debe rotularse como material infeccioso y se agregará la identificación del fallecido utilizando esparadrapo, y colocar una etiqueta con color que identifique el sexo del fallecido, verde para mujeres y azul para hombres, para facilitar el posterior reconocimiento del cadáver embalado.
Posterior a la identificación adecuada de la bolsa de embalaje cadáver, y antes del traslado a la morgue o reservorio de cadáveres institucionales, el personal que manipuló el cadáver debe cambiarse el equipo de protección personal y desecharlo en los depósitos para materiales bioinfecciosos. Para el traslado a la morgue el personal debe utilizar todo un nuevo equipo de protección.
RECONOCIMIENTO Y DESPEDIDA DEL FALLECIDO EN LA MORGUE O RESERVORIO DE CADÁVERES
En el momento que se produzca el deceso del paciente, ante la presencia de un familiar de primer grado o persona autorizada, se le permitirá acceso únicamente a un familiar para la despedida y reconocimiento físico del fallecido. El familiar ingresará a la morgue utilizando equipo de protección personal establecido, prohibiéndosele el contacto físico con el cadáver, con las superficies u otros enceres de su entorno o cualquier otro material que pudiera estar contaminado. Esta despedida y reconocimiento debe realizarse en un máximo de 15 minutos. Para el reconocimiento únicamente se abrirá la bosa de color, la más externa no trasparente, y se descubrirá a nivel del rostro del fallecido y se volverá a cerrar posterior a la identificación del mismo, a sabiendas que la bolsa trasparente no debe abrirse en ningún momento. Una vez cerrada la bolsa inmediatamente se procede a la desinfección externa de la superficie de ésta, con los desinfectantes indicados.
Una vez realizado el reconocimiento del fallecido, no debe abrirse ninguna bolsa, salvo cuando de tenga que realizar autopsia de acuerdo a los procedimientos para ello establecidos para pacientes fallecidos por COVID-19.
Caso de pacientes no identificados por familiares o encargados se les tomará una fotografía de identificación facial anterior del cadáver siguiendo los lineamientos establecidos para la Organización Panamericana de la Salud.
DISPOSICIONES PARA LA ENTREGA E INHUMACIÓN DEL CADÁVER
El Regente médico de patología o personal de la morgue en los centros de salud dará las instrucciones que correspondan a las funerarias y/o familiares a quienes se les va a entregar el cuerpo del paciente fallecido.
La manipulación de restos humanos debe minimizarse lo más que se pueda, dándose las siguientes instrucciones que se podrán adaptar por razones culturales o religiosas de la familia doliente.
- El personal de funeraria que vaya a manipular los retos humanos debe ponerse el equipo de protección personal en el lugar donde vayan a recoger los retos humanos, y debe usarlo durante el proceso de recolección, quitándoselo cuando se concluya este procedimiento. Cada ente externo debe contar son su propio equipo de protección personal y será el responsable de la adecuada disposición final del equipo de protección solicitado.
- La funeraria debe portar el ataúd de madera donde seBR introducirán las bolsas de embalaje, y será sellado con clavos por parte de su personal en el sitio de entrega, éste ataúd será utilizado para la inhumación, no pudiendo cambiarse por otro.
- El personal de la funeraria una vez que introduzca el ataúd dentro del carro funerario deberán quitarse el equipo de protección y desecharlo en los basureros de material infeccioso. Se deberán luego lavar las manos de inmediato de acuerdo con el protocolo institucional.
- Queda totalmente prohibida la apertura de la bolsa de embalaje del cadáver por parte de los familiares o personal de la funeraria.
- Los procesos de cremación de cadáveres por parte de las funerarias, ser realizarán de acuerdo a lo estipulado por el artículo 17 del Reglamento de Autopsias Hospitalarias, Médico legales y privadas del Ministerio de Salud.
- Para el retiro del cadáver se recomienda a la funeraria llevar a cabo la desinfección del carro funerario utilizado para el transporte con las soluciones antes mencionadas.
- De acuerdo a las creencias familiares, el proceso de velación podrá realizarse con instrucciones de no abrir el ataúd y debe procederse a la inhumación en un tiempo menor a las 24 horas desde el momento del fallecimiento.
SOBRE LOS CUERPOS NO RECLAMADOS EN CENTROS ASISTENCIALES DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Conforme al artículo 2 del Reglamento de Autopsias Hospitalarias, Médico legales y privadas del Ministerio de Salud, el cadáver será entregado a los parientes en un plazo no mayor de 24 horas a partir del momento del fallecimiento.
En el artículo 29 del Reglamento General de Cementerios, se indica que la inhumación del cadáver debe realizarse en un período de 24 a 36 horas posterior al fallecimiento, si el cadáver no ha sido reclamado por familiares en el período establecido, el hospital debe gestionar de inmediato los trámites para el entierro de cadáver, para lo que el fallecido debe contar con una prueba confirmatoria para COVID-19. Para los fallecidos nacionales y extranjeros en situación de Pandemia regirá la misma directriz.
RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
- Directores Médicos de Hospitales.
- Directores de Áreas de Salud.
- Personal de los centros de salud, técnicos de disección, personal de patología y médicos patólogos institucionales, de todos los establecimientos del salud de la Caja Costarricense del Seguro Social.
RESPONSABLES DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO
- Directores y Coordinadores del Área de Salud.
- Dirección de Red de Servicios de Salud.
MONITOREO Y EVALUACION DEL LINEAMIENTO
- Directores y Coordinadores de Área de Salud.
- Dirección de Red de Servicios de Salud.
REFERENCIAS
- Lineamientos para el Manejo de Cadáveres relacionados con la enfermedad COVID-19. Caja Costarricense de Seguro Social. 14 de abril de 2020.
- Caja Costarricense del Seguro Social. Manual de procedimientos de limpieza y desinfección para el control de infecciones. Asociadas a la Atención de Salud. Código M.GM. DD22-ASCSAVE 2002029 Versión 03.
- Procedimiento para el manejo de cadáveres de casos COVID-19, Versión 02.03.2020. España.
- Reglamento de Autopsias Hospitalarias. Médico Legales y privadas del Ministerio de Salud (2020).
- Ministerio de Salud. Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud. Caja Costarricense del Seguro Social (2014). Protocolo Nacional para la vigilancia de personas con influenza y otras virosis respiratorias. San José. Costa Rica.
- Ministerio de Salud. Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud. Caja Costarricense del Seguro Social (2020). Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19. San José. Costa Rica.